lunes, 7 de diciembre de 2009

099. Bienvenida su Majestad... Ley de tarjetas de crédito.

Con mucha expectativa se ha recibido la noticia de la recién aprobada Ley del Sistema de tarjetas de crédito, luego de más de doce años de mantenerse engavetada, por quienes ostentaron el poder económico a su propia voluntad.

Entre las novedades de la Ley, las empresas emisoras de tarjetas de crédito solo podrán imponer multas del 5% sobre el valor del “pago mínimo” de la factura y no sobre valores fijos que acostumbraban cobrar, por multas que iban desde $25.00 hacia arriba. Sobre este respecto tuve la mala experiencia de haber sido víctima de este tipo de cobro indebido, solo por haberme retrasado un día, y que casualmente, coincidió con el día domingo. Por suerte, esa institución financiera ya desapareció, cumpliéndose de esta forma la Ley de Causa y Efecto.

No obstante, la anterior aprobación, existen algunos vacíos que no se evidencian con transparencia, y es que cuando se habla de que los bancos solo podrán cobrar intereses, comisiones y recargos que hubiesen sido pactados con el usuario. Cabe hacerse las preguntas siguientes.¿qué pasará con los 750,000 usuarios que actualmente contamos con este servicio? ¿Cuál será el beneficio con el que contaremos? ¿Se nos reducirá el pago mínimo, en razón de la reducción de las tasas de interés? ¿Se reducirán las moras acumuladas injustificadas? ¿Qué nuevas estrategias estarán pensando los banqueros para triplarse la Ley?

Estas y otras preguntas que pudieran estarse haciendo muchos usuarios deberán tener una respuesta por parte del Sistema Financiero y los bancos para aclarar a los usuarios y con palabras sencillas, los beneficios que nos traerá a todos y a todas, tal aprobación.

Si la Ley se hace efectiva, debería haber una revisión retroactiva a todas las cuentas ya pactadas con anterioridad, a fin de garantizar el pleno cumplimiento de la Ley. De otra forma tendremos que esperar el día que dejemos de pagar nuestras deudas actuales para disfrutar de los beneficios de dicha Ley.

Algo interesante de la Ley, es lo que establece el artículo 7, respecto a la redacción de los contratos que se originen a partir de la aprobación de la presente Ley, pues según se menciona, éstos deberán estar escritos en castellano y con una tipografía “fácilmente legible a simple vista, como mínimo en un tamaño de letra 10”.

Lo que no queda claro, son los tipos de tasas de interés, en razón del tiempo y el objeto en que se establezca la deuda. Por lo que URGENTE, estudiar los diversos mecanismos que utiliza la banca para embancar a los usuarios.

Otro tema en la expectativa de los usuarios, lo constituye la anulación de “comisiones”, en los créditos y por el uso de cajeros y ventanillas, al retirar efectivo y “el cobro de membresías” por el uso de las tarjetas, dado que éstos ya se encuentran sobre cobrados en las altas tasas de interés que se nos aplica.

Sobre este tema, tuve la oportunidad de aceptar una tarjeta, de la cual me rogaron y rogaron para que la tomara, afirmándome que no iba a ser sujeta de cobro si no la utilizaba. Pasado el primer año de tenerla sin utilizarla, me llegó un cobro por $28.00 por el pago de la membresía. Al reclamar sobre el mencionado cobro, me respondieron que no se podía anular porque la tarjeta no había sido utilizada, que era necesario que la activara para gozar de la anulación del cobro. Por suerte, si pude hacer algo… pedí que me la cancelaran.

Los bancos deberán estar atentos a toda consulta que los usuarios les planteemos y a informar sobre todo cambio que pudiera beneficiarnos, tal y como se está difundiendo una serie de spot televisivo, del Banco Credomatic, en donde se está educando a la población a hacer buen uso del plástico.

Damos la bienvenida a la tan ansiada Ley de Tarjetas de Crédito, que aunque no cubre todo lo que quisiéramos, es el principio para constituir el orden que necesitamos en nuestro país.

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: Lic. José María Barrera Lemus, Jbarrera25@yahoo.com.mx
Analista y Consultor social.

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